fiscalidad inmobiliaria

ITP por comunidades autónomas 2026: tipos, tabla y cálculo

Tabla completa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en cada comunidad autónoma para 2026. Consulta el tipo que se aplica en tu CCAA, las bonificaciones disponibles y cómo calcular lo que pagarás al comprar una vivienda de segunda mano.

Tipo: Guía práctica Lectura: 12 min Actualizado: 2026-06-25

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Qué es el ITP y cómo funciona en 2026

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es el impuesto que pagas cuando compras una vivienda de segunda mano a un particular. Lo gestiona cada comunidad autónoma, por eso el tipo cambia según dónde esté el inmueble, no según dónde vivas tú.

En 2026 los tipos oscilan entre el 4 % del País Vasco y el 13 % de Baleares. La diferencia para una vivienda de 200.000 € puede superar los 18.000 € entre la CCAA más barata y la más cara.

Además del tipo general, la mayoría de comunidades aplican tipos reducidos para jóvenes, familias numerosas y personas con discapacidad que compren su vivienda habitual.

Tipos de ITP por comunidad autónoma 2026

Tabla completa de tipos ITP 2026 {#tabla-itp}

| Comunidad Autónoma | Tipo general 2026 | Tipo reducido (vivienda habitual) | Colectivos con bonificación | |---|---|---|---| | Andalucía | 7 % | 3,5 % | Jóvenes < 35 años (vivienda ≤ 150.000 €) | | Aragón | 8 % (hasta 400.000 €) / 9 % (resto) | 4 % | Jóvenes < 35 años en vivienda habitual | | Asturias | 8 % (hasta 300.000 €) / 9-10 % (resto) | 4 % | Jóvenes < 35 años y familias numerosas | | Baleares | Del 8 % al 13 % por tramos | 4 % | Menores de 36 años (vivienda ≤ 300.000 €) | | Canarias | 6,5 % (IGIC) | — | Tipo único reducido para vivienda | | Cantabria | 9 % (10 % > 300.000 €) | — | Sin reducción general | | Castilla-La Mancha | 9 % | 5 % | Jóvenes < 36 años y familias numerosas | | Castilla y León | 8 % (hasta 250.000 €) / 10 % (resto) | 4 % | Menores de 36 años (vivienda habitual) | | Cataluña | 10 % (< 1.000.000 €) / 11 % (≥ 1.000.000 €) | 5 % | Menores de 32 años (base ≤ 60.000 €) | | Ceuta | 1 % | — | Tipo especial ciudad autónoma | | Comunidad de Madrid | 6 % | 4 % | Menores de 35 años (vivienda ≤ 240.000 €) | | Comunidad Valenciana | 10 % | 4 % | Jóvenes < 35 años y familias numerosas | | Extremadura | Del 8 % al 11 % por tramos | — | Sin reducción general para vivienda | | Galicia | 9 % (10 % > 400.000 €) | 4 % | Jóvenes < 36 años (vivienda ≤ 200.000 €) | | La Rioja | 7 % | 4 % | Familias numerosas y jóvenes < 36 años | | Melilla | 1 % | — | Tipo especial ciudad autónoma | | Murcia | 8 % | 4 % | Jóvenes < 35 años en vivienda habitual | | Navarra | 6 % | — | Tipo general único (no hay reducciones específicas) | | País Vasco | 4 % (Álava, Gipuzkoa, Bizkaia) | — | Tipo general más bajo de España |

Los datos corresponden a la normativa vigente en abril de 2026. Consulta la web oficial de tu Hacienda autonómica antes de formalizar la operación, ya que los tipos pueden actualizarse con los presupuestos anuales.

Calculadora ITP: cuánto pagarás según precio y CCAA

Usa esta tabla para estimar el ITP que pagarás según el precio de la vivienda y la comunidad autónoma donde esté el inmueble. Los importes corresponden al tipo general de cada CCAA.

| Precio vivienda | Madrid (6 %) | Andalucía (7 %) | Cataluña (10 %) | C. Valenciana (10 %) | Baleares (8-13 %) | |---|---|---|---|---|---| | 100.000 € | 6.000 € | 7.000 € | 10.000 € | 10.000 € | 8.000 - 11.000 € | | 150.000 € | 9.000 € | 10.500 € | 15.000 € | 15.000 € | 12.000 - 16.500 € | | 200.000 € | 12.000 € | 14.000 € | 20.000 € | 20.000 € | 16.000 - 22.000 € | | 250.000 € | 15.000 € | 17.500 € | 25.000 € | 25.000 € | 20.000 - 27.500 € | | 300.000 € | 18.000 € | 21.000 € | 30.000 € | 30.000 € | 24.000 - 33.000 € |

Con bonificación por joven/familia numerosa: si aplicas tipo reducido del 4 %, sobre 150.000 € pagas 6.000 € en lugar de 9.000-15.000 € según CCAA.

Cómo se calcula el ITP

El cálculo es sencillo:

Base imponible × Tipo impositivo = Cuota a pagar

La base imponible es el valor de referencia catastral o el precio de compra escriturado, el que sea mayor. Desde la Ley 11/2021, Hacienda utiliza el valor de referencia catastral como base mínima. Si compras por 180.000 € pero el valor de referencia es 195.000 €, tributas por 195.000 €.

Ejemplos de cálculo

#### Ejemplo 1: Vivienda de 100.000 € en Madrid - Precio: 100.000 € - Comprador de 30 años (primera vivienda habitual) - ITP = 100.000 € × 4 % (tipo reducido jóvenes) = 4.000 € - Sin bonificación → 100.000 € × 6 % = 6.000 €

#### Ejemplo 2: Vivienda de 200.000 € en Andalucía - Precio: 200.000 € - Comprador de 40 años, sin bonificación - ITP = 200.000 € × 7 % = 14.000 € - Si fuera menor de 35 años: 200.000 € × 3,5 % = 7.000 €

#### Ejemplo 3: Vivienda de 500.000 € en Cataluña - Precio: 500.000 € - Sin bonificación aplicable - ITP = 500.000 € × 10 % = 50.000 € - En Madrid: 500.000 € × 6 % = 30.000 € (ahorro de 20.000 €)

ITP vs IVA vs AJD: cuándo se paga cada uno

| Impuesto | Cuándo se aplica | Tipo general | Quién lo paga | |---|---|---|---| | ITP | Vivienda de segunda mano entre particulares | 4-13 % según CCAA | Comprador | | IVA | Vivienda nueva (obra nueva, primera transmisión) | 10 % (vivienda) / 4 % (VPO) | Comprador | | AJD | Préstamo hipotecario y escritura pública notarial | 0,5-1,5 % según CCAA | Comprador / prestatario |

Regla práctica: - Compras a un particular → pagas ITP (según CCAA) - Compras a un promotor/empresa (obra nueva) → pagas IVA (10 %) + AJD (0,5-1,5 %) - Contratas una hipoteca → pagas AJD sobre el importe del préstamo

Una vivienda nueva de 300.000 € en Madrid tributa: IVA 10 % = 30.000 € + AJD 1 % = 3.000 €. Total: 33.000 €. La misma vivienda de segunda mano en Madrid tributa solo ITP 6 % = 18.000 €.

Cómo presentar el Modelo 600 paso a paso

El Modelo 600 es el formulario oficial para declarar y pagar el ITP. Se presenta ante la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma donde está el inmueble.

### Paso 1: Reúne la documentación - Escritura pública de compraventa (original y copia) - DNI/NIE del comprador y del vendedor - Último recibo del IBI (para confirmar datos catastrales) - Justificante del pago del ITP (si lo pagas antes de presentar)

### Paso 2: Accede a la sede electrónica de tu CCAA Cada comunidad tiene su propio portal de autoliquidación. Los más usados: - Madrid: sede.tributos.madrid.es - Cataluña: atc.gencat.cat - Andalucía: juntadeandalucia.es/economiayhacienda - Comunidad Valenciana: atv.gva.es

### Paso 3: Rellena el formulario - Identificación del inmueble: referencia catastral, dirección, valor de referencia - Datos del transmitente (vendedor) y adquirente (comprador) - Valor de la transmisión (precio escriturado o valor de referencia, el mayor) - Tipo impositivo aplicable según CCAA - Bonificación si corresponde (joven, familia numerosa, discapacidad)

### Paso 4: Calcula y paga El sistema calcula automáticamente la cuota. Puedes pagar online con tarjeta, domiciliación o transferencia. El pago genera un NRC (Número de Referencia Completo) que acredita el ingreso.

### Paso 5: Presenta y guarda el justificante Una vez pagado, presentas electrónicamente y obtienes el justificante con código seguro de verificación (CSV). Guárdalo con la documentación de la compra.

### Plazos - 30 días hábiles desde la fecha de la escritura pública - Si presentas fuera de plazo: recargos del 5 % (1-3 meses), 10 % (3-6 meses), 15 % (6-12 meses), 20 % (> 12 meses) más intereses de demora

### Dónde presentar si el inmueble está en otra CCAA Siempre se presenta ante la Hacienda de la comunidad donde está el inmueble, no donde resides. Si vives en Madrid y compras en Valencia, presentas el Modelo 600 en la Agencia Tributaria Valenciana.

Bonificaciones ITP 2026: quién puede pagar menos

### Jóvenes menores de 35-36 años Es la bonificación más extendida. Requisitos habituales: - Edad máxima: 35 años (Andalucía, Aragón, Madrid, Murcia) o 36 años (Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Galicia, La Rioja) - Destino: vivienda habitual - Límite de precio: entre 150.000 € y 300.000 € según CCAA - Tipo reducido: del 3,5 % al 5 %

### Familias numerosas - Reducción del tipo general entre el 3 % y el 5 % en la mayoría de CCAA - Requisito: título de familia numerosa en vigor - Aplicable sobre vivienda habitual

### Personas con discapacidad - Discapacidad ≥ 33 % o ≥ 65 % según la comunidad - Tipo reducido del 4 % al 5 % en varias CCAA - Acreditable mediante certificado oficial de discapacidad

### Víctimas de violencia de género Algunas comunidades (Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid) aplican el tipo reducido de vivienda habitual sin límite de edad.

Consejos para optimizar el ITP

1. Verifica si cumples requisitos para tipo reducido antes de firmar la escritura. Muchos compradores descubren la bonificación después del plazo. 2. Comprueba el valor de referencia catastral. Si es muy superior al precio de mercado, puedes solicitar una comprobación de valores o impugnarlo con una tasación pericial. 3. Consulta con tu notario. Está obligado a informarte sobre las implicaciones fiscales antes de la firma. 4. Considera la ubicación del inmueble. Para inversores, comprar en CCAA con ITP bajo (País Vasco 4 %, Madrid 6 %) reduce significativamente el coste de entrada. 5. No confundas ITP con IVA/AJD. En obra nueva pagas IVA + AJD, que suele ser más caro que el ITP de segunda mano.

Resumen práctico

  • El ITP varía del 4 % (País Vasco) al 13 % (Baleares). Para una vivienda de 200.000 €, la diferencia entre la CCAA más cara y la más barata supera los 18.000 €.
  • Consulta el tipo reducido de tu CCAA antes de comprar: jóvenes < 35 años, familias numerosas y personas con discapacidad pueden pagar entre el 3,5 % y el 5 %.
  • Presenta el Modelo 600 en los 30 días hábiles siguientes a la firma. Si el inmueble está en otra CCAA, presentas allí, no donde vives.

Checklist antes de comprar

  • Identifica la CCAA donde está el inmueble y busca su tipo de ITP actual.
  • Comprueba si cumples los requisitos para tipo reducido (edad, familia numerosa, discapacidad).
  • Calcula el ITP estimado sobre el valor de referencia catastral o el precio de compra (el mayor).
  • Compara ITP de segunda mano vs IVA + AJD de obra nueva para decidir qué tipo de operación te interesa.
  • Prepara la documentación antes de firmar: DNI, escritura, IBI, justificantes de pago.
  • Presenta el Modelo 600 dentro del plazo de 30 días hábiles para evitar recargos.

Preguntas frecuentes sobre el ITP

¿Qué diferencia hay entre ITP, IVA y AJD?

El ITP se paga al comprar vivienda de segunda mano a un particular (4-13 % según CCAA). El IVA se paga al comprar obra nueva a un promotor (10 % vivienda, 4 % VPO) y el AJD grava la escritura notarial y el préstamo hipotecario (0,5-1,5 % según CCAA). En obra nueva pagas IVA + AJD; en segunda mano pagas solo ITP.

¿Qué tipo de ITP se aplica si compro una vivienda en una CCAA pero vivo en otra?

Se aplica el tipo de la comunidad autónoma donde está el inmueble, independientemente de dónde residas. Si compras en Valencia pero vives en Madrid, pagas el ITP de Valencia (10 %).

¿Se puede pagar menos ITP si el precio escriturado es inferior al valor de mercado?

No. Desde 2022, Hacienda utiliza el valor de referencia catastral como base mínima. Si escrituras por debajo de ese valor, tributas por el valor de referencia. Si el valor de referencia te parece excesivo, puedes impugnarlo con una tasación pericial.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar el ITP después de comprar?

Tienes 30 días hábiles desde la fecha de la escritura pública. Pasado ese plazo, Hacienda aplica recargos: 5 % (1-3 meses de retraso), 10 % (3-6 meses), 15 % (6-12 meses) y 20 % (más de 12 meses), más intereses de demora.

¿Los inversores que compran para alquilar pueden aplicar tipos reducidos?

No. Los tipos reducidos (jóvenes, familias numerosas, discapacidad) son exclusivos para vivienda habitual. Si compras para alquilar o como inversión, pagas el tipo general de la CCAA donde esté el inmueble.

¿Qué es el Modelo 600 y dónde se presenta?

El Modelo 600 es el formulario de autoliquidación del ITP. Se presenta en la sede electrónica de la Consejería de Hacienda de la CCAA donde esté el inmueble. Cada comunidad tiene su propio portal, aunque el modelo es el mismo en toda España.

Fuentes consultadas

Fuentes y referencias

Incluye fuentes legales públicas, catastro y experiencia editorial especializada.

Laura Martínez Ruiz

Autor

Laura Martínez Ruiz

Analista de documentación inmobiliaria

Especializada en guías prácticas sobre catastro, registro, contratos de alquiler y fiscalidad inmobiliaria con más de 8 años de experiencia en el sector.

Credenciales: Máster en Gestión Inmobiliaria (Universidad Complutense de Madrid). Formación continua en derecho registral y urbanismo.

Experiencia: Ha colaborado en la elaboración de guías documentales para propietarios, inquilinos y gestores, revisando normativa de Catastro, Registro de la Propiedad y planeamiento municipal.

Actualizado: 2026-06-25 Política editorial Correcciones

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